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Después de solicitar una revisión de decisión

Cuando su revisión esté completa, le enviaremos por correo un paquete de decisión que incluye detalles sobre la decisión de su caso.

¿Qué debo hacer mientras espero?

No necesita hacer nada a menos que le enviemos una carta pidiéndole más información. Si le programamos exámenes, asegúrese de no faltar.

Si solicitó una revisión de la decisión y aún no ha recibido respuesta, no solicite otra revisión. Llame al  (TTY: 711). Oprima 2 para español. Atendemos de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 9:00 p.m. ET.

Si presentó una solicitud de revisión de decisión, es posible que le seleccionemos al azar para recibir un correo electrónico con una breve encuesta opcional. Si se le selecciona, recibirá una encuesta aproximadamente 10 días después de que recibamos su solicitud para una revisión de decisión. No tiene obligación de completarla, pero sus comentarios nos ayudarán a mejorar el proceso de revisión de decisiones. Le llevará unos 3 minutos responder a las preguntas. Revise su perfil en VA.gov para asegurarse de que tenemos su dirección de correo electrónico más reciente.

Averigüe cómo actualizar su dirección de correo electrónico (en inglés)

Usted también puede verificar en línea el estado de la revisión de su decisión. 

Verifique el estado de la revisión de decisión (en inglés)

¿Y si necesito ayuda?

Una Organización de Servicios para Veteranos o un abogado o agente acreditado por VA pueden ayudarle si tiene preguntas acerca de las revisiones de decisiones. 

Obtenga ayuda para solicitar una revisión de decisión (en inglés)

¿Puedo elegir una opción de revisión diferente después de haber enviado un formulario? 

Es posible que pueda cambiar su solicitud a una opción diferente. 

Nota: Si ya completamos una Revisión de Nivel Superior para su caso, no puede solicitar otra revisión de ese nivel. Y si ya completamos una Apelación ante la Junta para su caso, no puede solicitar otra apelación.

Si ya presentó una Reclamación Complementaria o una Revisión de Nivel Superior

Si no hemos tomado una decisión sobre su Reclamación Complementaria o Revisión de Nivel Superior, puede cambiar a una nueva opción de revisión.

La fecha límite depende de la opción a la que cambie:

  • Puede cambiar a una Revisión de Nivel Superior o a una Apelación ante la Junta si aún no ha transcurrido un año desde la fecha de su carta de decisión. 
  • Puede hacer el cambio a una Reclamación Complementaria en cualquier momento. Pero le recomendamos que cambie dentro del plazo de un año a partir de la fecha de su carta de decisión.

Para cambiar a una opción de revisión diferente, envíenos una carta firmada en la que nos indique que desea retirar su solicitud de revisión de la decisión original. Presente una nueva solicitud para la opción de revisión que desee. 

Más información sobre las opciones de revisión de decisión (en inglés)

Para cambiar después de haber presentado una Apelación ante la Junta

Puede hacer un cambio si todo lo siguiente es cierto:

  • No ha presentado nuevas pruebas ni ha tenido una audiencia y
  • La junta no ha tomado una decisión respecto a su caso.

La fecha límite depende de la opción a la que cambie:

  • Puede cambiar a una Revisión de Nivel Superior o a una Apelación ante la Junta si aún no ha transcurrido 1 año desde la fecha de su carta de decisión. 
  • Puede cambiar a una Reclamación Complementaria en cualquier momento. Pero le recomendamos que cambie en el plazo de 1 año a partir de la fecha de su carta de decisión.

Para cambiar a una opción de revisión diferente, presente una nueva solicitud de revisión de decisión para la opción de revisión que desee. Incluya una carta firmada en la que indique que desea retirar su solicitud original de Apelación ante la Junta.

Para cambiar a un tipo diferente de Apelación ante la Junta

Puede cambiar si todo lo siguiente es cierto:

  • No ha presentado nuevas pruebas ni ha tenido una audiencia  y
  • La junta no ha tomado una decisión respecto a su caso y
  • Todavía no ha transcurrido un año desde la fecha de su carta de decisión original de VA o 60 días desde su solicitud original de Apelación ante la Junta, lo que ocurra más tarde.

Para cambiar a otro tipo de Apelación ante la Junta, presente una nueva solicitud de Apelación ante la Junta y seleccione el tipo que desee solicitar. No es necesario que retire su solicitud original.

Más información sobre Apelaciones ante la Junta

¿Y si tengo más preguntas?

Obtenga respuestas a las preguntas más frecuentes sobre las revisiones de decisiones. 

Vaya a Preguntas Frecuentes sobre las revisiones de decisiones (en inglés)